Al amparo de lo establecido en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y en base a las competencias establecidas en la Ley 7/1985 de 2 de Abril de Bases del Régimen Local, así como a lo establecido en la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad, hecho en París el 3 de noviembre de 2003, realizada en el seno de la Organización para la Educación, la Ciencia y la Cultura (en adelante, UNESCO), ratificada por el Estado Español por Instrumento de 6 de octubre de 2006, depositado el mismo el 25 de octubre de 2006, y con entrada en vigor para nuestro país desde el 25 de enero de 2007 (Boletín Oficial del Estado nº 31, de 5 de febrero de 2007), así como por lo dispuesto en el Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Córdoba, al derecho de mi representada interesa que formule para su aprobación en el Pleno de la Corporación la PROPUESTA DEL CÍRCULO TAURINO DE CÓRDOBA PARA DECLARAR LA FIESTA DE LOS TOROS PARTE INTEGRANTE DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL, y todo ello en base a los siguientes HECHOS:
PRIMERO.- Objeto de la declaración que se interesa
La Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO otorga a las comunidades, los grupos y los individuos la facultad para reconocer su patrimonio cultural inmaterial, definiéndolo en su artículo 2.1 de la siguiente manera:
“Se entiende por «patrimonio cultural inmaterial» los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural (…).”
El hecho objeto de la declaración que se solicita es la Fiesta de los Toros en la ciudad de Córdoba.
SEGUNDO.- Antecedentes históricos
SEGUNDO.- Antecedentes históricos
No resulta entendible la historia de esta ciudad sin contemplar la importancia que, desde hace siglos, han tenido las fiestas de toros en la vida social y cultural de Córdoba. Así, y sin ánimo de ser exhaustivos, baste recordar que consta documentado que ya en el año 1492, y en honor del príncipe Don Juan de España, se lidiaron dos toros en el patio de lo que posteriormente fue el Alcázar de los Reyes Cristianos. Posteriormente, y según los cronistas de la época, en el año 1592 se celebraron fiestas de toros y cañas en la Plaza de la Corredera, convirtiéndose desde entonces en un recinto permanente para la celebración de espectáculos taurinos.
Así, en la Plaza de la Corredera, y entre otras muchas, en 1624 se celebraron varias corridas de toros de las denominadas entonces reales en honor de Felipe IV, quien presenció las mismas desde el palco regio; la proclamación del Arcángel San Rafael como Custodio de la ciudad en el año 1651 tuvo entre sus actos más relevantes dos fiestas de toros y cañas; la visita de Carlos IV a la ciudad en el año 1796 fue celebrada con tres corridas de toros; la aprobación de la Constitución de 1812 y la posterior visita de Fernando VII en el año 1823 también tuvieron su reflejo en varios espectáculos taurinos en la Plaza; etc.
No fue sólo la Plaza de la Corredera el único recinto de la ciudad que albergó festejos taurinos, pues existen abundantes documentos que atestiguan distintos festejos en la calle de la Feria, y posteriormente en la Plaza de la Magdalena, en donde durante los siglos XVII y XVIII también eran frecuentes los espectáculos de toros.
Es en el año 1774 cuando se construye en el Campo de la Merced la primera plaza de toros destinada exclusivamente a tal fin. Si bien en un principio el coso era desmontable, a lo largo del los primeros años del siglo XIX, y mediante numerosas actuaciones, fue dotándose a la plaza de la necesaria solidez, quedando definitivamente construida la plaza en 1827, manteniéndose en funcionamiento hasta el año 1834.
En 1844 se inician las obras de una nueva plaza de toros que el tiempo habría de convertir en una de las más importantes de la historia del toreo. Enclavada en la Carrera de los Tejares, de donde tomó su nombre, su inauguración oficial tuvo lugar en el mes de mayo de 1846, y fue clausurada el 18 de abril de 1965.
El 9 de mayo de 1965, y con una corrida de toros a beneficio de la Asociación Española contra el Cáncer, fue inaugurada la actual plaza de toros, conocida posteriormente como “Coso de los Califas”.
La constante presencia del toreo en la ciudad desde hace más de cinco siglos ha tenido su fiel reflejo en el nacimiento o adopción por nuestra ciudad de insignes toreros que han engrandecido su historia, y que, proclamando públicamente el reconocimiento de todos ellos, tienen su máxima expresión en los Cinco Califas del Toreo, referentes de las épocas más gloriosas de la Fiesta Nacional.
TERCERO – Justificación de la declaración
Indubitado resulta que los festejos taurinos de nuestra localidad constituyen un acontecimiento social y cultural que siguen despertando la atención de numerosos vecinos de este municipio, y es conocida su repercusión dentro de nuestra comunidad, como expresamente fue reconocido por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de 15 de septiembre de 2010, y en el que se aprobó una moción conjunta por los tres grupos políticos que componían entonces la Corporación, mostrando su «más firme reconocimiento a la Fiesta, que tanto significa para nuestra cultura, nuestra historia, nuestra economía y nuestro empleo».
Además, los festejos taurinos contribuyen a fomentar el desarrollo económico y turístico de la ciudad, a difundir nuestra cultura y promover los valores, costumbres, tradiciones de nuestros pueblos, adquiriendo un valor inestimable no sólo para los habitantes de este municipio, sino para los de otras muchas ciudades de España, pues es de todos conocido y sabido el peregrinaje a diversas ferias que los aficionados realizan a lo largo de la temporada taurina.
A lo largo de la historia son múltiples las manifestaciones que distintas disciplinas culturales han encontrado inspiración en la fiesta de los toros. Ejemplos de ello son la música, la pintura, la escultura, la poesía… Y si lo anterior no fuera suficiente, también hemos de mencionar influencias de la tauromaquia en otras disciplinas científicas, culturales y sociales, tales como la filosofía, la antropología, la ópera, la sastrería, el lenguaje, la arquitectura, el urbanismo, la gastronomía, etc.
En definitiva, la proposición que se viene en plantear está fundada en la firme creencia de que el toreo es un compendio de las Bellas Artes, inserto en nuestra memoria y conciencia colectiva como pueblo, siendo un referente singular y privilegiado de nuestro patrimonio cultural.
CUARTO - Que en razón de lo dicho anteriormente, en los últimos meses se han producido, incluso internacionalmente, diversos pronunciamientos reconociendo la consideración de cultura y arte a la Fiesta de los Toros. Tal es el caso de Francia que a petición del Observatorio Nacional de las Culturas Taurinas ha incluido la Fiesta de los Toros en su listado de Patrimonio Cultural Inmaterial. En el mismo sentido de considerar cultura y arte la Fiesta de los Toros, y en el plano jurídico internacional, cabe destacar los pronunciamientos de la Corte Constitucional de Colombia en su sentencia C-1192/05 así como la sentencia 00017-2010-PI/TC del Tribunal Constitucional de Perú.
CUARTO - Que en razón de lo dicho anteriormente, en los últimos meses se han producido, incluso internacionalmente, diversos pronunciamientos reconociendo la consideración de cultura y arte a la Fiesta de los Toros. Tal es el caso de Francia que a petición del Observatorio Nacional de las Culturas Taurinas ha incluido la Fiesta de los Toros en su listado de Patrimonio Cultural Inmaterial. En el mismo sentido de considerar cultura y arte la Fiesta de los Toros, y en el plano jurídico internacional, cabe destacar los pronunciamientos de la Corte Constitucional de Colombia en su sentencia C-1192/05 así como la sentencia 00017-2010-PI/TC del Tribunal Constitucional de Perú.
También en España, en sus distintos niveles de administración, está progresivamente dándose este reconocimiento:
•El Gobierno de España mediante el Real Decreto 1151/2011, de 29 de Julio, (BOE nº 209 de 31 de agosto de 2011), ha transferido las competencias sobre tauromaquia al Ministerio de Cultura justificándose en su preámbulo que “… sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las Comunidades Autónomas, el servicio de la cultura como deber y atribución esencial del Estado, prescribe que la Administración del Estado pueda adoptar medidas destinadas a fomentar y proteger las actividades a las que se refiere dicha ley, en atención a la tradición y vigencia cultural de la fiesta de los toros. Entendida la tauromaquia como una disciplina artística y un producto cultural, se entiende que las competencias del Estado en orden a su fomento y protección tienen su correcta ubicación en el Ministerio de Cultura…”. Asimismo, desde la administración central del Estado se viene concediendo desde hace años, a través del Ministerio de Cultura de España, la Medalla de Oro a las Bellas Artes a diversos toreros como es el caso de Curro Romero, Espartaco, José María Manzanares, Enrique Ponce, Rivera Ordóñez, José Tomas y Luis Francisco Esplá.
•Las Comunidades Autónomas de Murcia y Madrid han declarado la Fiesta de los Toros como Bien de Interés Cultural (Boletín Oficial de la Región de Murcia nº 5, de 3 de marzo de 2011 y Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 89, de 15 de abril de 2011). Recientemente la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ha iniciado expediente para proteger también mediante Bien de Interés Cultural la fiesta de los toros (Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 166, de 24 de agosto de 2011).
•Y a nivel local son ya numerosos los municipios españoles que se han sumado a esta iniciativa de considerar la Fiesta de los Toros como parte de su Patrimonio Cultural Inmaterial instando a otras administraciones a que lleven los trámites oportunos para tal consideración por la UNESCO. Ejemplo de ellos podemos citar a Toro, El Puerto de Santa María, Salamanca, Villaseca de la Sagra, Villalpando, Guarrate, Vezdemarbán, San Miguel de la Ribera, Cuelgamures, Mancomunidad extremeña de Siberia I, Calasparra. Burgo de Osma, El Pego…
QUINTO – Que la influencia positiva de la tauromaquia en otras esferas sociales es notoria. Así:
•En la economía, la actividad taurina genera un volumen económico directo anual de unos 2500 millones de euros;
•La Fiesta de los Toros es el segundo espectáculo de masas en España, vendiéndose alrededor de unos 40 millones de entradas;
•Respecto al empleo, las actividades taurinas generan alrededor de 3.700.000 jornadas de trabajo en España;
•En cuanto a la ecología, la tauromaquia permite la existencia y mantenimiento en nuestro país de más de 540.000 hectáreas de dehesa, contribuyéndose así al mantenimiento y supervivencia de otras especies animales, como el águila imperial, el buitre negro, el lince y la cigüeña, que encuentran en la dehesa un hábitat idóneo para su supervivencia.
SEXTO – Que siendo España el origen histórico de la Fiesta de los Toros, actualmente se ha convertido esta Fiesta en un fenómeno social y cultural internacional, estando presente en diversos países como Portugal, Francia, Méjico, Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú, etc.
Por tal motivo, este municipio debe sentirse orgulloso de haber participado proporcionalmente en dicho logro al albergar festejos y tradiciones taurinas, y coadyuvar a la dimensión internacional de un arte y una cultura, debiendo, por los motivos esgrimidos, considerar estos festejos como Patrimonio Cultural Inmaterial de este municipio.
SÉPTIMO – Que de conformidad con lo establecido en la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la UNESCO, se debe elaborar un inventario del Patrimonio Cultural Inmaterial de los Estados miembros y en este sentido, cabe ubicar estas Fiestas dentro de uno de los valores que deben conformar este inventario.
Por todo ello, SOLICITO que por presentado este escrito junto con sus copias, y en mérito de lo en él expuesto, eleve al Pleno de la Corporación Municipal para su aprobación la declaración de la Fiestas de Toros como parte integrante del Patrimonio Cultural Inmaterial de la ciudad de Córdoba, conforme a las disposiciones contenidas en la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, dando a conocer dicho acuerdo al Gobierno de la Nación, al Gobierno de la Junta de Andalucía, y al Consejo de Patrimonio Histórico del Ministerio de Cultura, interesándose de todos ellos la adopción de las medidas oportunas para incluir la Fiesta de los Toros en el Listado indicativo de bienes que deben formar parte del Patrimonio Cultural Inmaterial, instándose tal declaración ante la UNESCO.
En Córdoba, a 28 de octubre de 2011.